lunes, 23 de abril de 2007
Violencia estructural = violencia de la estructura del Estado
La Enciclopedia de la Paz y los Conflictos de la Universidad de Granada nos dice que la "violencia estructural define aquellos procesos de la violencia en los que la acción se produce a través de mediaciones institucionales o "estructurales". Podría ser entendida como un tipo de violencia indirecta presente en la injusticia social y otras circunstancias que en definitiva hacen que muchas de las necesidades de la población no sean satisfechas cuando, con otros criterios de funcionamiento y organización, lo serían fácilmente"
Veamos a misión y la visión del Tribunal Constitucional del Ecuador, dicha en su página web (del dicho al hecho hay mucho trecho):
Misión:
Asegurar la efectividad del principio de supremacía constitucional y garantizar el legítimo ejercicio de los derechos de las personas, administrando justicia constitucional, para contribuir a la plena vigencia del Estado Social de Derecho en el Ecuador.
Visión:
El Tribunal Constitucional será un organismo de reconocido prestigio, confianza y credibilidad, por su gestión transparente, administración de justicia constitucional equitativa; y contribución para garantizar la plena vigencia de los derechos de las personas.
El Tribunal Constitucional fundamentará su gestión en la calidad de servicio a los usuarios, en su equipo de magistrados de la más alta probidad, en el manejo confidencial de la información, en el trabajo en equipo y en la capacidad y compromiso de sus colaboradores.
VEAMOS AHORA la noticia de ecuadorinmediato.com: El Presidente del Tribunal Constitucional, Santiago Velásquez, dio a conocer que dicho organismo aceptó el recurso de amparo impuesto por los diputados destituidos ante el juez 14 de Rocafuerte (Manabí). La restitución sería a favor de 51 diputados, únicamente quienes han firmado y han reconocido su rúbrica.
En una breve intervención, Velásquez dijo que lo actuado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), es “absolutamente inconstitucional”, e indicó que no se les concedió el derecho a la defensa... (bla, bla, y más bla).
No podemos hablar entonces de un estado de paz, si la violencia estructural se encuentra presente es los espacios más sensibles de la vida de un Estado de Derecho.
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